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Jurídico y fiscal

Cripto en el testamento

Lo que un testamento puede decir sobre la cripto y por qué el material de acceso secreto no debe figurar; consérvelo aparte y protegido.

¿Duda entre un testamento y un trust? La comparación está en una página aparte: testamento o trust para cripto.

La cripto puede figurar perfectamente en un testamento, pero la regla es corta: el testamento dice que la cripto existe y dónde está la información; nunca qué son los secretos. Quien escribe su frase semilla en un testamento la escribe en un documento que se leerá ampliamente tras su fallecimiento.

Qué puede hacer un testamento, y qué no

Un testamento puede regular quién hereda, dentro de los límites del derecho aplicable; haga confirmar su validez y efectos por el notario que lleva la sucesión. No da a nadie el acceso técnico: no puede hacer aparecer una frase semilla y no cambia nada de lo que exige una plataforma. Los herederos pueden recibir un derecho que no pueden ejercer. Por eso se necesitan dos niveles separados:

  • Jurídico: quién es heredero, quién es albacea, qué puede hacer el albacea.
  • Técnico: qué dispositivos, contraseñas, frases semilla y passphrases se necesitan para acceder a la cripto.

Lo que puede figurar en el testamento o el expediente sucesorio

  • Que existe cripto y en qué categorías (cuentas de exchange, autocustodia, monederos físicos, NFT).
  • Dónde están los documentos y el inventario (no las claves).
  • Quién es el primer contacto para cada categoría (plataforma, asesor).
  • Sus deseos de reparto, dentro de los límites del derecho sucesorio español, consúltelo con el notario.

Lo que no debería figurar

  • Frase semilla, claves privadas o contraseñas.
  • Códigos QR de monederos o copias de seguridad.
  • Direcciones exactas de monedero (innecesario e innecesariamente expuesto).

Los tres niveles de la planificación

Una estructura sólida separa tres niveles:

  1. Inventario, qué existe y dónde encontrarlo, sin secretos;
  2. instrucciones de acceso, cómo abordar un monedero dentro del marco legal;
  3. secretos (frase semilla, claves privadas, contraseñas, passphrases) guardados por separado y protegidos, con acuerdos sobre quién puede usarlos y en qué situación.

Para la prestación jurídica o notarial habitual, normalmente no es necesario facilitar frases semilla completas, claves privadas ni contraseñas. Si el mismo profesional ejerce además un rol distinto de administración o de albacea, hay que evaluar qué información es necesaria para esa tarea concreta y cómo tratarla de forma segura.

El inventario sin secretos

Guarde los secretos separados de los documentos: caja fuerte, persona de confianza o custodia profesional. El inventario («qué existe, dónde está») puede entonces indicar dónde está la caja, sin describir su contenido.

Por qué hacerlo ahora

Sin mención, no hay indicio de que la cripto exista; los herederos deben descubrirlo todo por sí mismos. Un testamento que menciona la existencia y un inventario sin secretos marcan la diferencia entre un hallazgo y un juego de adivinanzas. Y como es un documento jurídico: deje la redacción al notario, no es una parte «hágalo usted mismo» de la planificación.

A quién buscar cerca de usted

Si desea otorgar o modificar un testamento, háblelo con un notario. Para cuestiones jurídicas complementarias sobre la herencia, puede ser adecuado un asesoramiento especializado en sucesiones. Pregúntele directamente cómo aborda los activos digitales; ya forma parte de la planificación sucesoria habitual. Lleve un inventario sin secretos; nunca una frase semilla.

Las reglas y los plazos pueden cambiar, y es posible que esta página aún no esté actualizada, verifique siempre las reglas vigentes con un abogado, notario o asesor fiscal local antes de actuar. ¿Algo ya no coincide? Contáctenos y lo corregiremos.

Fuentes y enlaces útiles

  1. Consejo General del NotariadoFuente consultada: 2026-08-07